La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015) permite a personas físicas y autónomos en España cancelar total o parcialmente sus deudas cuando se encuentran en una situación de insolvencia que no pueden afrontar. Es un recurso legal dirigido a quienes desean empezar de nuevo sin la carga de deudas imposibles de pagar.
¿Quién puede acogerse a esta ley?
Para poder aplicar a la Ley de Segunda Oportunidad, es necesario cumplir ciertos requisitos:
- Tener deudas impagadas que superen los 6.000/8.000 EUR.
- Ser insolvente de buena fe.
- No haber sido condenado por delitos de tipo económico.
- Haber intentado un acuerdo extrajudicial con los acreedores.
- No haberse acogido a esta ley en los últimos 10 años.
- Residir en España.
¿Qué beneficios ofrece?
- Cancelar hasta el 100% de tus deudas.
- Eliminar embargos, intereses y acoso de acreedores.
- Posibilidad de conservar tu vivienda habitual en algunos casos.
- Recuperar la tranquilidad financiera.
- Empezar de nuevo con un plan de pagos razonable.
- Parte de las deudas con Hacienda y la Seguridad Social
¿Qué tipo de deudas se pueden cancelar?
- Préstamos personales
- Deudas bancarias
- Tarjetas de crédito
- Microcréditos
- Deudas con proveedores (autónomos)
- Parte de las deudas con Hacienda y la Seguridad Social
❗Importante: Las pensiones de alimentos o indemnizaciones por responsabilidad civil no pueden cancelarse.
